Es un acuerdo a través del cual el acreedor transfiere sus cuentas por cobrar a otra persona o entidad. No se necesita obtener un consentimiento del cliente endeudado para realizar una cesión de créditos. La cesión de créditos está contemplada en el Código Civil. En la práctica, el acreedor original (la institución que ostenta los créditos) puede vender, de manera lícita, la deuda a otra empresa como, por ejemplo, a KRUK. A partir de este momento, las obligaciones deben ser abonadas al nuevo acreedor (el comprador de la deuda).